PAIS
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NICARAGUA
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DEFINICION.
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La educación
artística Nicaragüense propiciará el fortalecimiento de una educación
pluricultural, multiétnica, creativa y responsable de su memoria histórica,
donde todas y todos los nicaragüenses sean capaces de interactuar en la
creación y disfrute de las expresiones culturales, en condiciones de equidad
y respeto por la pluralidad.
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PROPOSITO
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Valorar la identidad y la cultura nacional, en sus múltiples
expresiones étnicas, lingüísticas, religiosas, folklóricas e idiosincráticas,
como el corazón valioso y vibrante de la nación nicaragüense. Reconocer el
derecho del pueblo de crear y disfrutar todas las formas de Arte y Cultura,
para lo cual se compromete a trabajar estableciendo condiciones, instrumentos
y medios, para que desde el nivel local, hasta el nacional, todas las
manifestaciones artísticas y culturales propias de los nicaragüenses, sean
reconocidas y estimuladas; para que los talentos sean identificados,
apreciados y educados; y para que se realice, positivamente, la creatividad y
riqueza, artística y cultural.
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CONTENIDOS
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El ministerio de
educación nicaragüense realizo un programa de estudio de la expresión
cultural y artística en educación secundaria
(7, 8, 9) |
Grado Séptimo
SEMESTRE
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NOMBRE DE LAS UNIDADES
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DISCIPLINAS
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I
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El
teatro como arte patrimonial del país (Primera parte)
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Teatro
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El
teatro como arte patrimonial del país (Segunda parte)
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Teatro
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II
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Expresiones
del folklore nicaragüense
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Danzas
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Expresiones
de las diferentes danzas folklóricas nicaragüenses
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Danzas
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Grado Octavo
SEMESTRE
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NOMBRE DE LAS UNIDADES
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DISCIPLINAS
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I
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Elementos
de la música (Primera parte)
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Música
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Elementos
de la música (Segunda parte)
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Música
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II
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La
música como parte de nuestro patrimonio cultural (Primera parte)
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Música
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La
música como parte de nuestro patrimonio cultural (Segunda parte)
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Música
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Grado Noveno
SEMESTRE
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NOMBRE DE LAS UNIDADES
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DISCIPLINAS
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I
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Creaciones
artísticas plásticas como patrimonio nicaragüense.(Primera parte)
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Artes
plásticas y visuales
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Creaciones
artísticas plásticas como patrimonio nicaragüense (Segunda parte)
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Música
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II
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Creaciones
artísticas plásticas como patrimonio nicaragüense (Tercera parte)
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Música
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Creaciones
artísticas plásticas como patrimonio nicaragüense (Cuarta parte)
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Música
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PAIS
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NICARAGUA
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METODOLOGIA
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Son una serie de ideas, acciones y experiencias que se presentan
a manera de sugerencias para las y los docentes, las que de acuerdo al
contexto en el que van a ser desarrolladas, pueden ser modificadas o
cambiadas. Las actividades sugeridas permiten alcanzar los indicadores de
logro y deben ser factibles de realizar dentro y fuera del aula y de la escuela.
Las actividades deben ser secuenciales y concatenadas; deben
estimular el pensamiento crítico y la creatividad. Se redactan para que sea
el estudiante que las realice, en forma progresiva y creativa, que trascienda
lo memorístico (datos, fechas, conceptos) utilizando el análisis, resolución
de problemas, trabajo con proyectos, ejercicios, etc. Las actividades
sugeridas deben permitir al docente utilizar otras actividades de su
experiencia personal y desarrollar su iniciativa y creatividad. Las actividades
deben propiciar valores y actitudes positivos, asimismo algunas actividades
que se sugieren, donde se establecen con claridad cómo se pueden abordar los
valores y el desarrollo de las actividades de manera práctica en la vida cotidiana,
con ejemplos concretos y donde se visualiza la integración de los Ejes
Transversales.
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EVALUACION
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Este aspecto debe manifestar una coherencia con las actividades
sugeridas y en función de los indicadores de logro. Siendo que la evaluación
es un proceso inherente al proceso enseñanza – aprendizaje, implica que la
misma debe realizarse en función de Proceso de aprendizaje en sí, y no
solamente del producto. Considerar los diferentes tipos de evaluación:
Diagnóstica, Formativa y Sumativa. Para ello, se deben aplicar técnicas,
procedimientos y/o estrategias de evaluación.
Los procedimientos de evaluación proporcionan los indicadores de
evaluación, reflejando el aspecto cognitivo, afectivo y Psicomotor.
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RECURSOS
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El
gobierno nicaragüense en la ley no 582 en el artículo II Del régimen
financiero del presupuesto estatal garantiza a cada centro educativo público
la partida presupuestaria necesaria para cubrir los gastos de funcionamiento,
también destina una partida presupuestaria para cubrir el pago de plazas de
educadores en los centros subvencionados. Art 90 se prohíbe el cobro de
aranceles, cuotas voluntarias u otra forma de pago en los servicios
educativos de primaria y secundaria publica estatales. La comunidad educativa
podrá organizarse para impulsar y desarrollar actividades económicas en
beneficio del centro de estudio. Art 91 el presupuesto de la educación no
superior será incrementado en un 20 % de los ingresos tributarios para dar
respuesta al crecimiento en plazas nuevas de maestros para ampliar la
cobertura escolar, crecimiento y mantenimiento de infraestructura, incremento
de salario de los trabajadores de la educación no superior
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